El juez Luis Armella, a cargo del Juzgado Federal de Quilmes, ordenó a la firma Covelia S.A. "la inmediata paralización de obras en el Predio y Laguna Santa Catalina". Además dispuso "la remoción de todo vehículo, maquinaria y material constructivo" de la zona lindera.
De esta manera, el magistrado hizo lugar a una medida cautelar en el marco de la causa "Mendoza", donde la Corte Suprema de Justicia ordenara en 2008 la puesta en marcha de un plan integral de saneamiento de esa zona hídrica, según da cuenta el Centro de Información Judicial.
Al respecto, el juez indicó en su resolución que "en la especie, el área ecológica en cuestión es el 'Predio y Laguna de Santa Catalina' -en Lomas de Zamora- uno de los humedales remanentes pertenecientes a la rivera sur de la región metropolitana y de la Cuenca Baja Matanza-Riachuelo, que posee una rica biodiversidad, múltiples valores históricos y educativos, además de un importante interés arqueológico y ambiental".
"Del análisis desarrollado por la actora surge la calidad del objeto que se intenta proteger, el Predio y Laguna Santa Catalina ya que este es un humedal de la Cuenca del Rio Matanza, un bien jurídico colectivo, que alberga una notable biodiversidad, posee formaciones boscosas autóctonas e implantadas, es un sitio de escala y anidaje de aves migratorias y posee atributos suficientes que lo llevarían a ser declarado Reserva Natural", continúa.
Por todo esto, ordena "a la empresa Covelia S.A. la inmediata paralización de toda obra, construcción o actividad en el Predio y Laguna Santa Catalina y la remoción de todo vehículo, maquinaria y material constructivo del mismo; como asimismo no permitir el ingreso de cualquier vehículo, maquinaria y/o material constructivo al predio citado".
Al respecto, el juez indicó en su resolución que "en la especie, el área ecológica en cuestión es el 'Predio y Laguna de Santa Catalina' -en Lomas de Zamora- uno de los humedales remanentes pertenecientes a la rivera sur de la región metropolitana y de la Cuenca Baja Matanza-Riachuelo, que posee una rica biodiversidad, múltiples valores históricos y educativos, además de un importante interés arqueológico y ambiental".
"Del análisis desarrollado por la actora surge la calidad del objeto que se intenta proteger, el Predio y Laguna Santa Catalina ya que este es un humedal de la Cuenca del Rio Matanza, un bien jurídico colectivo, que alberga una notable biodiversidad, posee formaciones boscosas autóctonas e implantadas, es un sitio de escala y anidaje de aves migratorias y posee atributos suficientes que lo llevarían a ser declarado Reserva Natural", continúa.
Por todo esto, ordena "a la empresa Covelia S.A. la inmediata paralización de toda obra, construcción o actividad en el Predio y Laguna Santa Catalina y la remoción de todo vehículo, maquinaria y material constructivo del mismo; como asimismo no permitir el ingreso de cualquier vehículo, maquinaria y/o material constructivo al predio citado".
Fuente: Centro de Información Judicial (Via Infobae.com)
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